Guía del Control de acusación en Argentina

Cómo se desarrolla el Control de acusación en Argentina

Paso 1: Presentación escrita de la acusación

El Ministerio Público Fiscal o querellante presenta la acusación por escrito, incluyendo los datos del imputado y su defensor; una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible; fundamentos con medios probatorios; calificación jurídica; disposición normativa aplicable; ofrecimiento de prueba para juicio; circunstancias relevantes para la pena; y requerimiento de pena estimado, conforme al artículo 274 del CPP Federal. Este escrito constituye la base del debate y debe cumplir estrictos requisitos formales.

Paso 2: Audiencia de control de acusación

Una vez presentada la acusación, se convoca a audiencia de control dentro de los diez días siguientes, donde el juez analiza la formalidad, completitud y fundamento de la acusación sin decidir fondo del asunto; dirige la audiencia, promueve consenso y resuelve defectos. Es el último filtro antes del juicio oral.

Paso 3: Objeciones y correcciones formales

En esta etapa la defensa o querella pueden objetar defectos formales o inconsistencias en la acusación. El juez puede requerir correcciones o, en casos graves, dictar sobreseimiento si advierte la imposibilidad de subsanar irregularidades que afecten el debido proceso. El control puede ser formal o, en códigos más avanzados, sustancial.

Paso 4: Elevación a juicio o rechazo

Superados los controles formales, el juez ordena la elevación a juicio oral. Si persisten vicios importantes, puede rechazar la acusación o decretar sobreseimiento. El control busca asegurar que solo causas viables lleguen a debate, optimizando recursos judiciales.

Paso 5: Preparación del juicio oral

Con la acusación admitida, las partes ofrecen prueba para el debate; se organiza el legajo y se fijan fecha y tribunal para el juicio oral. Todos los medios, testigos, peritos y documentación deben estar claramente identificados. Esto cierra la etapa intermedia del proceso penal y da paso a la instancia de juicio.

Particularidades por Jurisdicción

CABA

Provincia de Buenos Aires (PBA)

Rol del abogado

Tabla comparativa: Etapas y diferencias (Nación / CABA / PBA)

Etapa / Jurisdicción Nación (CPP Federal) CABA PBA
Acusación escritaObligatoria, art. 274Requerimiento simplificadoObligatoria
Audiencia de controlObligatoria, art. 279No existeObligatoria
Control formal/sustancialFormal y potencial sustancialNo aplicableFormal
Corrección de viciosPermitida en audienciaNo
Elevación a juicioTras superar controlAutomáticaTras control
Oferta probatoriaDurante acusación y controlEn juicio oralSí, durante acusación/control

Preguntas frecuentes sobre el Control de acusación